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Garantías judiciales

La garantía que pide el juzgado, sin inmovilizar tu dinero ni tu patrimonio: contracautelas y sustitución de medidas cautelares.

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Qué es una garantía judicial

El seguro de caución judicial le entrega al juzgado la garantía exigida, sin recurrir al patrimonio personal del demandado ni inmovilizar efectivo. Es la alternativa más ágil para estos requerimientos.

Las garantías judiciales ponen a disposición del juzgado las contracautelas y garantías que se solicitan en un expediente. La aseguradora responde frente al juzgado interviniente por el importe comprometido, y el trámite se resuelve en cuestión de días.

Qué cubre

Contracautela

El pago de la contracautela exigida en el expediente judicial, con la aseguradora como respaldo ante el juzgado.

Sustitución de medidas cautelares

Permite sustituir el depósito en efectivo o los bienes afectados por una medida cautelar decretada por resolución.

Sin inmovilizar patrimonio

No hay que apartar dinero ni bienes propios: la garantía la asume la aseguradora.

Por qué conviene

  • Resolución ágil, sin los tiempos de una garantía bancaria.
  • No afecta la liquidez de la empresa ni el patrimonio personal del demandado.
  • Se emite con las principales aseguradoras del país.

Preguntas frecuentes sobre garantías judiciales

¿Qué es una garantía judicial por seguro de caución?

Es la garantía que el juzgado exige en un expediente (contracautela), emitida por una aseguradora en lugar de un depósito en efectivo o bienes propios.

¿Puedo sustituir una medida cautelar con una caución?

Sí. La aseguradora garantiza al juzgado el pago derivado de las medidas cautelares decretadas, y se sustituye el efectivo o los bienes afectados.

¿Cuánto tarda la emisión?

Es más ágil que una garantía bancaria: se resuelve en días, según el expediente y la aseguradora.

¿Afecta mi patrimonio personal?

No hay que inmovilizar dinero ni bienes propios. La garantía la asume la aseguradora frente al juzgado.

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